Derecho del transporte, Alcoholemia

Procedimientos, Garantías y Sanciones en un Procedimiento Administrativo Sancionatorio de Transporte

En el ámbito del transporte público, las normativas tanto legales como reglamentarias tienen como objetivo fundamental regular la totalidad de la actividad transportadora. Esto abarca no solo la gestión de aquellos que proveen servicios de transporte, sino también la supervisión de todas las actividades relacionadas. En consecuencia, las sanciones contempladas en las Leyes 1437 de 2011, 769 de 2002,105 de 1993 y 336 de 1996 cumplen un papel esencial al salvaguardar tanto el interés general como el orden público, sin menoscabar las garantías fundamentales. Quienes infrinjan las disposiciones consagradas en estas normas y demás, están sujetos a las sanciones y al procedimiento, el cual preserva los derechos al debido proceso y la defensa. Por esta razón, la labor de las autoridades no se limita únicamente a emitir la orden de comparendo, como suele creerse. Por el contrario, esto marca el inicio de una serie de pasos y decisiones que configuran un procedimiento administrativo sancionatorio.

Etapas del Procedimiento Administrativo Sancionatorio en el Ámbito del Transporte

El procedimiento administrativo para llevar a cabo la investigación se divide en las siguientes etapas y está contemplado en la ley 336 de 1996 y el CPACA.

Detección de la infracción: se inicia por iniciativa propia o por solicitud de cualquier persona al conocer una violación a las normas de transporte. Esto abarca informes de autoridades de control, quejas de usuarios, inspecciones a empresas y el incumplimiento de requerimientos.

Apertura de la Investigación: Tras concluir las averiguaciones preliminares, la autoridad de transporte (local o nacional) debe determinar si existen fundamentos para un proceso sancionatorio. En caso positivo, se emite una resolución detallando los hechos, personas involucradas, normas infringidas y posibles sanciones. Este acto administrativo se notifica personalmente a los implicados y esta decisión no es apelable.

Descargos: El presunto infractor tiene la oportunidad de presentar sus descargos y argumentos en su defensa. Puede aportar pruebas, documentos y testimonios que respalden su versión de los hechos ante la entidad investigadora.

Pruebas: Una vez recibido el escrito de descargos, el funcionario competente debe emitir un auto o resolución para decretar las pruebas. Este auto debe ser notificado al investigado, respetando el principio de publicidad. Sin embargo, no es susceptible de recurso alguno.

Alegatos de conclusión: Después de obtener las pruebas,esta etapa es el último paso en el proceso de defensa de un presunto infractor. Aquí, las partes presentan sus argumentos finales en un intento por influir en la decisión que tomará la entidad reguladora.

Resolución de Fallo:La resolución de fallo es el acto administrativo donde la autoridad de transporte decide sancionar o absolver al investigado. En ella se detallan las pruebas que respaldan los hechos, los fundamentos legales para la investigación y la infracción cometida.

Recursos: Los recursos pueden tener diferentes nombres y procedimientos según el sistema legal y la jurisdicción, pero en esencia, tienen el propósito de permitir una revisión de las decisiones para asegurarse de que se ajusten a la ley y se respeten los derechos de las partes.

¿Qué Recursos Legales Pueden Interponerse en el Proceso Administrativo Sancionatorio?

En el marco de procedimientos administrativos sancionatorios, resulta esencial destacar la vía de impugnación que se rige ante un acto administrativo desfavorable. Cuando un individuo se ve afectado por una resolución emitida en el contexto de este proceso, dispone de herramientas legales para impugnar y buscar la revisión de su situación.

Los dos recursos a los que puede recurrir el afectado son el recurso de reposición y de apelación. Estos recursos ofrecen la posibilidad de presentar argumentos y evidencias que justifiquen la reconsideración de la decisión administrativa. Es importante señalar que estos recursos deben ser interpuestos dentro del plazo legal.

Estos recursos no solo brindan la oportunidad de presentar argumentos contrarios a la decisión tomada, sino que también permiten solicitar la inclusión de pruebas que respalden la posición del recurrente y que puedan influir en la revisión de la resolución administrativa. De esta manera, se garantiza un proceso más equitativo y justo para aquellos que se ven afectados por decisiones administrativas desfavorables.

Garantías y Derechos del Infractor en el Procedimiento Sancionatorio de Transporte Público

En el procedimiento sancionatorio de transporte en Colombia, los infractores cuentan con un conjunto de garantías y derechos fundamentales que aseguran un proceso justo y equitativo. Estas garantías incluyen:

Derecho a la Defensa: Los infractores tienen el derecho de presentar sus argumentos, pruebas y descargos ante la autoridad competente. Esto permite que puedan expresar su versión de los hechos y ejercer su derecho a la defensa.

Derecho a la Notificación: Los infractores deben ser notificados de manera adecuada sobre las acusaciones en su contra, así como de las etapas y decisiones del proceso. Esto garantiza que estén informados y puedan participar activamente en su defensa.

Derecho a la Presunción de Inocencia: Los infractores son considerados inocentes hasta que se demuestre su culpabilidad. La autoridad debe presentar pruebas suficientes para establecer la culpabilidad más allá de toda duda razonable.

Derecho a Recursos: Los infractores tienen el derecho de interponer recursos como la reposición y la apelación contra las decisiones administrativas desfavorables. Esto les brinda la oportunidad de impugnar las resoluciones y buscar una revisión imparcial.

Derecho a la prueba: Los infractores pueden presentar pruebas y evidencias en su defensa, lo cual incluye testimonios, documentos u otros elementos que respalden su versión de los hechos.

Derecho a la imparcialidad: Las autoridades encargadas del proceso deben actuar de manera imparcial y objetiva, evitando cualquier tipo de sesgo o prejuicio en su decisión.

Derecho a la Proporcionalidad de la Sanción: Las sanciones impuestas deben ser proporcionales a la gravedad de la infracción cometida, evitando castigos excesivos o desproporcionados.

Tipo de sanciones y su impacto en el Sector del Transporte Público

Amonestación: Es una advertencia formal que se emite al infractor, indicando que ha cometido una falta y que debe abstenerse de repetirla en el futuro. No implica una sanción económica ni restricciones en la operación.

Multa: Consiste en el pago de una cantidad de dinero establecida por la autoridad competente como consecuencia de la infracción cometida. La cuantía de la multa puede variar dependiendo de la gravedad de la infracción y del tipo de vehículo involucrado.

Retención preventiva de la licencia de conducción: Se refiere a la suspensión temporal de la licencia de conducción del infractor como medida preventiva mientras se lleva a cabo el proceso sancionatorio. Impide al infractor conducir durante el período de retención.

Suspensión de la licencia de conducción: Es una sanción más severa que implica la suspensión temporal del derecho de conducir. Durante el período de suspensión, el infractor no puede operar ningún tipo de vehículo.

Suspensión o cancelación del permiso o registro: En el caso de empresas de transporte o prestadores de servicios de transporte público, esta sanción implica la suspensión temporal o la cancelación definitiva del permiso o registro que les permite operar en el sector.

Inmovilización del vehículo: El vehículo infractor es detenido y retenido por la autoridad competente, impidiendo su circulación hasta que se cumplan ciertas condiciones establecidas para levantar la inmovilización.

Retención preventiva del vehículo: Similar a la inmovilización, este tipo de sanción implica la retención temporal del vehículo como medida preventiva mientras se lleva a cabo el proceso sancionatorio.

Cancelación definitiva de la licencia de conducción: Es una sanción extrema que implica la pérdida permanente del derecho de conducir. Generalmente se aplica en casos graves de reincidencia o de infracciones muy serias

Las Consecuencias de Prestar Servicio de Transporte Público sin Autorización

El artículo 26 de la Ley 769 de 2002 establece sanciones claras y severas para quienes eluden la regulación al prestar servicios públicos de transporte con vehículos particulares. Las medidas son:

Suspensión de la licencia de conducción: En el primer punto, se deja claro que cualquier conductor sorprendido prestando servicio público de transporte con un vehículo particular enfrentará la suspensión de su licencia de conducción. Esta medida refuerza la gravedad de la infracción y subraya la necesidad de respetar las distinciones entre vehículos particulares y aquellos destinados al transporte público.

Cancelación de la licencia en casos de reincidencia: En situaciones de reincidencia, cuando un conductor continúa prestando servicio público de transporte con un vehículo particular sin una justa causa, las consecuencias son aún más severas. La licencia de conducción se cancelará en estos casos, lo que implica la revocación definitiva de la autorización para conducir. Esta medida resalta la importancia de respetar las normativas y desalentar la reincidencia en comportamientos ilegales.

Largo período de espera para recuperar la licencia: La tercera medida refuerza el impacto de la sanción. Después de que la licencia de conducción sea cancelada, el conductor sólo podrá solicitar su reactivación después de un período de 25 años desde la cancelación. Esto subraya la seriedad de la sanción y busca desincentivar la infracción, ya que impone una restricción significativa a la capacidad de conducir durante un largo período de tiempo.

Tipos de Infracciones más frecuentes que generan Comparendos

En Colombia, los comparendos son sanciones que se imponen por infringir normas de tránsito y movilidad. En el caso del transporte público, existen varios tipos de comparendos que pueden aplicarse según la naturaleza de la infracción. Algunos de los tipos de comparendos más comunes relacionados con el transporte público incluyen:

Sobrecarga de pasajeros: Si un vehículo de transporte público lleva más pasajeros de los permitidos legalmente, se puede emitir un comparendo por sobrecarga. Esto puede poner en peligro la seguridad de los pasajeros y afectar la estabilidad del vehículo.

Falta de documentación: Si un conductor de transporte público no tiene los documentos requeridos en regla, como la tarjeta de operación, puede recibir un comparendo.

No detenerse en paradas designadas: No respetar las paradas de ascenso y descenso de pasajeros establecidas, puede recibir un comparendo.

No contar con las medidas de seguridad adecuadas: No tener extintores, botiquines de primeros auxilios u otros elementos de seguridad obligatorios en los vehículos de transporte público puede generar sanciones.

Operar en rutas no autorizadas: Desviarse de las rutas establecidas para el servicio de transporte público sin autorización puede generar comparendos.

Falta de identificación adecuada: Los vehículos de transporte público deben llevar identificación clara y visible que indique su ruta y número, así como la información de la empresa operadora.