Notificar fotocomparendos a un antiguo propietario después de haber realizado el traspaso a una «persona indeterminada» es ilegal porque, al efectuar dicho traspaso, el antiguo propietario deja de ser responsable legalmente del vehículo y de las infracciones que éste pueda incurrir posteriormente. Este proceso se formaliza a través del (RUNT), asegurando que la responsabilidad sobre el vehículo y las obligaciones que de este derivan, incluyendo las fotocomparendos, recaigan sobre el nuevo propietario o poseedor.
Traspaso de vehículo a persona indeterminada: ¿Qué significa en Colombia?
El traspaso de vehículo a persona indeterminada en Colombia es un procedimiento especial creado por el Ministerio de Transporte, que permite a un vendedor registrar la transferencia de propiedad de un vehículo cuando desconoce el paradero actual del mismo. Este proceso es relevante en situaciones donde ha habido una compraventa del vehículo que no fue registrada debidamente ante el organismo de tránsito correspondiente.
Para realizar este traspaso, es necesario que el propietario (sea persona natural o jurídica) esté inscrito en el sistema RUNT y presente el documento de identidad original. Además, debe demostrar que han transcurrido al menos tres años desde que dejó de ser poseedor del vehículo, estar al día en multas por infracciones de tránsito y obligaciones tributarias del vehículo, y no contar con el contrato de compraventa. Importante mencionar que no procede este traspaso cuando hay medidas cautelares, procesos judiciales o administrativos en curso relacionados con el vehículo, entre otras restricciones.
Este trámite tiene un costo específico dependiendo del tipo de vehículo (carro, moto, maquinaria, etc.) y se puede realizar en los puntos de atención especificados por la entidad competente, con un tiempo estimado de respuesta de 2,64 días hábiles una vez cumplidos todos los requisitos.
Es fundamental conocer que este trámite busca facilitar la regularización de vehículos que han sido vendidos y no se han transferido correctamente, ayudando así a evitar responsabilidades futuras por parte del vendedor por actos que realice el comprador con el vehículo.
¿Es legal recibir fotocomparendos después de haber realizado el traspaso del vehículo a una persona indeterminada?
Si ya realizaste el traspaso de tu vehículo a «persona indeterminada», en teoría, no deberías ser responsable de las infracciones cometidas con el vehículo después de la fecha de dicho traspaso. El propósito de este traspaso es justamente desligar al anterior propietario de responsabilidades futuras asociadas al vehículo, incluidas las fotocomparendos.
Sin embargo, existen situaciones donde podrían seguir llegando notificaciones de infracciones pasadas a tu nombre, esto puede deberse a varios factores:
Retrasos en el Proceso de Actualización: Puede haber un desfase en el tiempo que tardan las bases de datos en reflejar el cambio de propietario. Esto significa que, aunque hayas completado el trámite de traspaso, el sistema aún no registra la actualización.
Infracciones Cometidas Antes del Traspaso: Si el fotocomparendo fueron impuestas antes de la fecha del traspaso a persona indeterminada, aún serías responsable de ellas, ya que el traspaso no tiene efecto retroactivo sobre infracciones previas.
Errores en el Proceso de Notificación: A veces, los errores administrativos pueden causar que las notificaciones de infracciones se envíen al propietario anterior, a pesar de haber realizado el traspaso correctamente.
Inconsistencias en el Registro: Si hubo errores o inconsistencias al momento de realizar el traspaso a persona indeterminada (por ejemplo, errores en los datos del vehículo), esto podría causar problemas en el registro y en la asignación de responsabilidades por infracciones.
Para resolver esta situación, es recomendable que:
Verifiques con la entidad de tránsito que el traspaso a persona indeterminada se haya efectuado correctamente y se refleje en su sistema.
Revises las fechas de las infracciones para asegurarte de que corresponden a un periodo posterior al traspaso.
Si el fotocomparendo son posteriores al traspaso y sigues recibiendo notificaciones, puedes impugnar el fotocomparendo ante la entidad de tránsito, proporcionando la documentación que acredite el traspaso a persona indeterminada.
Este procedimiento debería ayudar a corregir cualquier error y asegurar que no se te hagan responsable de infracciones cometidas después del traspaso. Si el problema persiste, podría ser útil buscar asesoría legal para entender mejor tus derechos y las acciones a seguir.
Recibiste un fotocomparendo después de realizar el traspaso de tu vehículo. Aprende qué hacer en esta situación.
Si recibes fotocomparendos después de haber realizado el traspaso de tu vehículo a «persona indeterminada», y estas corresponden a infracciones cometidas después de la fecha del traspaso, es crucial impugnar dichas multas por las siguientes razones:
Evitar Responsabilidades Injustas: Al impugnar los fotocomparendos, defiendes tu derecho a no ser responsabilizado por acciones que no cometiste. Una vez que el vehículo se transfiere a persona indeterminada, legalmente ya no tienes control ni propiedad sobre el vehículo y, por lo tanto, no deberías asumir las consecuencias de las infracciones cometidas por otros.
Evitar Sanciones Económicas: Las multas por infracciones de tránsito pueden ser significativas. Impugnar un fotocomparendo que se te ha impuesto indebidamente puede salvarte de tener que realizar pagos injustos.
Prevenir Afectaciones a tu Patrimonio: Las multas impagas pueden acarrear intereses y sanciones adicionales, e incluso pueden llegar a embargos o afectar tu capacidad crediticia. Impugnar a tiempo previene estas consecuencias adversas.
¿Qué hacer legalmente?
Para impugnar una fotocomparendo de forma efectiva, considera los siguientes pasos:
Recolección de evidencia: Reúne toda la documentación que respalde tu caso, incluyendo el certificado de traspaso a persona indeterminada y cualquier otra prueba de que ya no eres el propietario del vehículo en las fechas de las infracciones.
Consulta legal: Si la situación lo requiere o si el recurso inicial es rechazado, puede ser prudente buscar asesoría legal para evaluar otras vías de defensa, como la apelación o incluso acciones judiciales.
Solicita audiencia: Cuando recibas la notificación de la infracción, ten presente que dispones de un plazo de once días hábiles para solicitar una audiencia y así impugnar el fotocomparendo. Es esencial actuar dentro de este período para ejercer tu derecho a la defensa y presentar tus argumentos ante la autoridad competente.
Impugnar fotocomparendos incorrectos es un derecho que tienes como ciudadano y es un procedimiento importante para asegurar que la justicia y la responsabilidad se apliquen correctamente. Si no estás seguro de cómo proceder, consultar con un abogado especializado en derecho de tránsito puede ofrecerte una guía más detallada y personalizada para tu caso.
¿Cuál es el plazo límite para solicitar audiencia para impugnar un Fotocomparendo?
Según la Ley 1843 del 14 de julio de 2017, en Colombia, el plazo para impugnar una fotocomparendo se establece de la siguiente manera:
Notificación de la infracción: La autoridad de tránsito debe notificar al propietario del vehículo sobre la infracción detectada mediante medios tecnológicos. Esta notificación debe realizarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo por parte de la autoridad. La notificación puede ser enviada a través de correo postal y/o correo electrónico.
Plazo para presentar recurso de impugnación: Una vez recibida la notificación, el propietario del vehículo tiene un plazo de once (11) días hábiles para presentarse ante la autoridad de tránsito competente y responder al comparendo. Este plazo se cuenta a partir de la entrega del comparendo en la última dirección registrada en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
En conclusión, el tiempo para impugnar un fotocomparendo en Colombia incluye un plazo de tres (3) días hábiles para la notificación de la infracción por parte de la autoridad de tránsito, seguido por un plazo de once (11) días hábiles para que el propietario del vehículo presente su recurso de impugnación ante la autoridad competente. Es importante tener en cuenta estos plazos para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la defensa del propietario del vehículo, conforme a lo establecido en la legislación colombiana.
¿Puedo ser eximido de los fotocomparendos si ya transferí el vehículo a una persona indeterminada?
Si es posible la exoneración del pago de un fotocomparendo en Colombia en situaciones donde se haya realizado el traspaso a persona indeterminada antes de que se cometiera la infracción, debido a varios factores legales y procesales:
Responsabilidad del propietario: En Colombia, la responsabilidad por las infracciones de tránsito está inicialmente asociada al vehículo y no al conductor. Por lo tanto, el propietario del vehículo es considerado responsable de las infracciones cometidas con ese vehículo, a menos que pueda demostrar lo contrario.
Traspaso a persona indeterminada: El traspaso a persona indeterminada permite al propietario vender o transferir el vehículo sin especificar quién será el nuevo propietario en el momento de la transacción. Esto significa que, aunque el propietario original ya no posea el vehículo, puede seguir siendo considerado el titular registrado ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) hasta que se realice un nuevo traspaso a una persona específica.
Prueba de la transferencia de propiedad: Si el propietario puede demostrar mediante documentos legales que realizó el traspaso a persona indeterminada antes de que se cometiera la infracción, puede argumentar que ya no era el propietario del vehículo en ese momento. Esta evidencia puede incluir copias del formulario de traspaso debidamente diligenciado y firmado, así como cualquier otro documento que respalde la transferencia de propiedad.
Derecho a la defensa: En el sistema legal colombiano, todo ciudadano tiene derecho a una defensa adecuada. Durante una audiencia de impugnación, el propietario del vehículo tiene la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas para demostrar que no debería ser responsable del fotocomparendo debido al traspaso a persona indeterminada.
Revisión por parte de las autoridades de tránsito: Las autoridades de tránsito están facultadas para revisar y evaluar la evidencia presentada durante la audiencia de impugnación. Si determinan que el traspaso se realizó antes de la infracción y se presenta la documentación adecuada, es probable que exoneren al propietario del pago del fotocomparendo.
En resumen, la exoneración del fotocomparendo en casos de traspaso a persona indeterminada es posible en Colombia debido a la normativa legal que establece la responsabilidad del propietario del vehículo, así como al derecho a la defensa y a la presentación de pruebas durante el proceso de impugnación.